En nombre de la calidad se han cometido grandes atropellos, al punto que muchas veces se han convertido en ilegítimos obstáculos técnicos al comercio que han afectado la productividad de las industrias.
Tal es la subjetividad del concepto de calidad que las certificaciones privadas no imponen medidas específicas para conseguir un producto o servicio de calidad. Sin embargo, considerar a la calidad como la máxima para las industrias ha ocasionado perjuicios económicos y sociales.
Un caso simbólico es el de American Airlines, que ganó millones de dólares quitándole una aceituna a sus platos. En términos de calidad, podría verse como una disminución de esta, pero se pudo utilizar el dinero ahorrado en otras inversiones que mejoren su servicio y productividad. Pocos clientes pudieron haber percibido el cambio y seguramente nadie se quejó. ¿Cuántas compañías estarán ofreciendo productos/servicios, gastando recursos que realmente sus clientes no valoran en búsqueda de una supuesta mayor calidad?
La visión de calidad como una máxima en la industria, no sólo ha podido implicar el gasto de recursos innecesarios, sino que ha trastocado el sistema de mercados. Ante las disposiciones públicas/políticas, prácticamente la única manera de ser competitivos es con más calidad, y no con más productividad. Esto ha llevado a que los únicos productos que se pueden producir o comercializar son los de mejor calidad, de acuerdo con los estándares oficiales.
Hace un par de días, mientras conversábamos con unos amigos, salió el tema sobre lo “muerta” que se había sentido la Navidad en los últimos años. Entonces recordé que cuando, por motivos laborales, viajaba prácticamente por todo el país, me pareció extraño que en las principales calles de distintas ciudades muy pocas casas tenían luces navideñas.
Fue ahí cuando mi vaga percepción tomó sentido y, acto seguido, me pregunté qué podría haber ocasionado navidades tan apagadas a lo largo del país. La crisis que hemos sobrellevado tiene algo que ver, pero en la conversación con mis amigos también nos percatamos de la entrada en vigor de reglamentos técnicos para los productos navideños.
De acuerdo con el Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC), ratificado por el Ecuador, de la Organización Mundial del Comercio (OMC), la diferencia entre una norma y un reglamento técnico reside en la observancia. Mientras que la conformidad con las normas es voluntaria, los reglamentos técnicos son de carácter obligatorio.
Sin embargo, el artículo 49 de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad establece que: “Sin perjuicio del carácter voluntario de las normas técnicas, las autoridades podrán requerir su observancia en un reglamento técnico para fines específicos.”
Es en este punto donde todo nuestro sistema de calidad se vuelve bastante gris. Por ejemplo, la industria plástica está sujeta a cinco reglamentos técnicos que requieren del cumplimiento de 25 normas y para cumplir estas normas, se necesitan cumplir 75 normas adicionales. Es decir, los cinco reglamentos técnicos que dispone la ley para la comercialización de plásticos en el mercado ecuatoriano se transforman en 100 requerimientos obligatorios.
Actualmente, existen 198 reglamentos técnicos vigentes que fácilmente podrían transformarse en más de mil normas de cumplimiento obligatorio. Pero esto no es todo, el artículo 30 de la Ley antes mencionada establece que: “los reglamentos técnicos son aplicables respecto de bienes y servicios, así como de los procesos relacionados con la fabricación de productos, nacionales o importados, incluyendo las medidas sanitarias, fitosanitarias e ictiosanitarias que les sean aplicables para lograr el cumplimiento de los objetivos legítimos nacionales; serán definidos exclusivamente en función de las propiedades de uso, empleo y desempeño de los productos y servicios a que hacen referencia y no respecto de sus características descriptivas o de diseño.”
Como se encuentra establecida la Ley, la elaboración de los reglamentos tiene sus limitaciones en lo que respecta a las características descriptivas o de diseño, pero no contempla a las normativas técnicas –que pueden estar vinculadas a través de los reglamentos–. Si analizamos los textos, podemos observar que básicamente pueden regularlo todo y por cualquier razón.
Tanto es así que, por ejemplo, existen reglamentos técnicos para “la seguridad de los juguetes” (RTE INEN 089) y para las “guirnaldas eléctricas de los tipos utilizados en árboles de Navidad” (RTE INEN 196).
La primera entró en vigor el 13 de noviembre del 2014 y la segunda, el 16 de agosto de 2016. La afectación en la importación de estos artículos en ambos casos fue casi de inmediato.
Tabla 1. Variación en la importación (en dólares FOB) de los productos regulados por los Reglamentos Técnicos Ecuatorianos RTE INEN 089 “Seguridad de los Juguetes” y RTE INEN 196 (1R) “Guirnaldas Luminosas”
Como podemos observar, en el año de promulgación del RTE INEN, hay una caída en la importación de más del 40% que se ha venido recuperando poco a poco gracias al ingenio empresarial. Sin embargo, las cifras aún no llegan a lo que fueron en 2013.
Cabe destacar que, como en el caso de los plásticos, estos reglamentos técnicos llevan al cumplimiento obligatorio de otras normativas que en condiciones típicas son de cumplimiento voluntario.
Tabla 2. Normas directas de obligatorio cumplimiento mencionadas dentro de los Reglamentos Técnicos
Si se ha preguntado, como yo, por qué algunas navidades fueron menos navideñas, con cada vez menos casas iluminadas, juguetes más caros, poco novedosos, pues aquí tiene dos razones que debería considerar. Las autoridades con alma caritativa que han impuesto como máxima para las industrias a la calidad, el Instituto Ecuatoriano de Normalización y los reglamentos técnicos, tal cual Grinch, nos robaron la Navidad.
¿Con 198 reglamentos vigentes cuánto más habremos perdido?
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