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Análisis | Ley orgánica anticorrupción y protección del denunciante


El 13 de septiembre de este año, el presidente de la República Lenín Moreno presentó el proyecto de Ley Orgánica Anticorrupción y Protección del Denunciante a la Asamblea Nacional. El mismo día, el mandatario vetó totalmente el proyecto de Ley Orgánica de Lucha Contra la Corrupción que la Asamblea aprobó el mes pasado.

El veto total implica que el Legislativo no podrá abordar la temática durante un año.

Las razones por las cuales Moreno sancionó la ley son:

  • Introduce elementos que pueden afectar el efectivo cumplimiento de la lucha contra la corrupción.

  • Califica a las reformas del Código Orgánico Integral Penal como contradictorias y atentatorias.

  • Contempla figuras confiscatorias.

  • Abre la puerta a la discrecionalidad en el tipo penal de asociación ilícita, lo que podría derivar en inseguridad jurídica e impunidad.

  • Desconoce ciertas facultades de la Contraloría General del Estado.

  • Contiene disposiciones que afectan la tutela judicial efectiva, el debido proceso y la celeridad procesal.

La alternativa que presenta el Gobierno tiene como objetivo combatir la corrupción, recuperar el dinero sustraído ilícitamente que se encuentre dentro y fuera del país y erradicar el fenómeno "que tanto daño le ha hecho a todos los ecuatorianos". Para lograrlo, el proyecto plantea un sistema de incentivos a la denuncia de la corrupción.

Por ejemplo, se otorgarán compensaciones económicas, bajo ciertas condiciones, a quienes proporcionen información para localizar y recuperar activos que sean producto de actos ilícitos en los que estén inmersos recursos estatales. Se incorporará elementos a la cooperación eficaz y suspensión condicional de la pena, sin reformar ningún tipo penal ni elevar penas o crear nuevas figuras delictuales.

Sin duda, el combate a un fenómeno político como la corrupción, que trasciende a lo económico y social, no se soluciona con más normas o penas más severas. La certeza de las penas, por ejemplo, tendría mayores efectos disuasivos. Para combatir la corrupción y rastrear la ruta del dinero, una propuesta clave de la administración actual, necesitamos una justicia imparcial efectiva.

Otro punto a considerar es que el órgano legislativo debió procurar que los textos aprobados no dieran lugar a ambigüedades. En materia penal la norma debe ser absolutamente clara y de fácil interpretación, no sólo para jueces y abogados, sino, para el ciudadano en general. La ambigüedad en la ley puede influir de forma directa en el caso de corrupción más importante del último tiempo, el de Jorge Glas. Si bien la reforma propuesta al tipo penal de asociación ilícita no dejaría en libertad inmediata al ex vicepresidente Jorge Glas su redacción confusa genera lo que se conoce como en leyes como “tipo penal abierto”, es decir, se presta para interpretaciones dando lugar a inseguridad jurídica, con todos sus efectos sociales y económicos.

La reforma respecto al informe previo de Contraloría en caso de delitos de peculado y asociación ilícita también dejó interrogantes. Si bien se eliminó el artículo que determinaba que el mencionado informe es un requisito previo al inicio de la acción penal (requisito por demás inconstitucional y cuya eliminación resultaba absolutamente pertinente) por otro lado, la Asamblea resolvió que el informe previo sea un requisito para que Fiscalía pueda acusar, con lo cual la inconstitucionalidad que implica el informe previo de Contraloría no habría desaparecido, sino que se movió a otra etapa del proceso.

En un sistema penal acusatorio, sin acusación, no hay juicio. El populismo penal no resolverá el fenómeno de la corrupción, la aprobación de una u otra ley no basta. Si la corrupción nos afecta a todos, lo coherente es que todos nos involucremos en su erradicación, que dejemos de normalizar las prácticas corruptas, dejemos de plantear como un valor la "viveza criolla" y ,sobre todo, no perdamos la capacidad de indignarnos.

El proyecto de Ley del Ejecutivo apela, acertadamente, a la percepción de la corrupción y, por medio de las medidas de protección y recompensa a los denunciantes, se genera y enfatiza indignación generalizada en contra de quienes han abusado del poder y se han enriquecido del dinero de los contribuyentes. Sin embargo, existe un largo camino por recorrer para evitar y minimizar los actos de corrupción y no solo denunciarlos cuando ya han sucedido.

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